Concurso de acreedores terminado Congelados Bezan, Sociedad Limitada
El 01-01-0001, Congelados Bezan, Sociedad Limitada, en VALDEPEÑAS (Ciudad Real) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de CIUDAD REAL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B13609052. La principal actividad de la empresa Congelados Bezan, Sociedad Limitada es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Congelados Bezan, Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Congelados Bezan, Sociedad Limitada
Localidad: VALDEPEÑAS
Provincia: Ciudad Real
Dirección: PINTOR MENDOZA, 61 – 1 D 013300 VALDEPEÑAS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B13609052
Número De Insolvencia: B13609052
Juzgado: Juzgado de CIUDAD REAL
Actividad Principal de Congelados Bezan, Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Congelados Bezan, Sociedad Limitada es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Congelados Bezan, Sociedad Limitada:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
09-07-2020
A200027834
Auto de declaración de concurso
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EDICTODon José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,ANUNCIAEn este órgano judicial se tramita CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO de CONGELADOS BEZAN, S.L., con CIF B-13609052, y domicilio en Valdepeñas, en los que, por resolución de fecha quince de junio de dos mil veinte se ha acordado:1. Declarar en situación de concurso a la entidad CONGELADOS BEZAN, S.L., toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia actual, con declaración judicial de la disolución de la citada entidad mercantil.2. Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.3. Ordenar la extinción de la mercantil concursada con consiguiente cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil.Ciudad Real, 4 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
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