Concurso de acreedores terminado Congelados Pina S.L.

Concurso de acreedores terminado Congelados Pina S.L.

El 01-01-0001, Congelados Pina S.L., en SANTA CRUZ DE MUDELA (Ciudad Real) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de CIUDAD REAL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B13313770. La principal actividad de la empresa Congelados Pina S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Congelados Pina S.L.

Nombre de la mercantil: Congelados Pina S.L.
Localidad: SANTA CRUZ DE MUDELA
Provincia: Ciudad Real
Dirección: ARROYO RIANSARES 013730 SANTA CRUZ DE MUDELA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B13313770
Número De Insolvencia: B13313770
Juzgado: Juzgado de CIUDAD REAL

Actividad Principal de Congelados Pina S.L.

La actividad de la empresa Congelados Pina S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Congelados Pina S.L.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

09-07-2020
A200027834

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EDICTODon José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,ANUNCIAEn este órgano judicial se tramita CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO de CONGELADOS BEZAN, S.L., con CIF B-13609052, y domicilio en Valdepeñas, en los que, por resolución de fecha quince de junio de dos mil veinte se ha acordado:1. Declarar en situación de concurso a la entidad CONGELADOS BEZAN, S.L., toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia actual, con declaración judicial de la disolución de la citada entidad mercantil.2. Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.3. Ordenar la extinción de la mercantil concursada con consiguiente cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil.Ciudad Real, 4 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

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