Concurso de acreedores Sa Caseta De Genova SL

Concurso de acreedores Sa Caseta De Genova SL

El 23-10-2012, Sa Caseta De Genova SL, en PALMA DE MALLORCA (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07591837. La principal actividad de la empresa Sa Caseta De Genova SL es servicios de comidas y bebidas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Sa Caseta De Genova SL

Nombre de la mercantil: Sa Caseta De Genova SL
Localidad: PALMA DE MALLORCA
Provincia: Baleares
Dirección: ISIDRO GONZALEZ VELAZQUEZ 107015 PALMA DE MALLORCA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B07591837
Número De Insolvencia: B07591837
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Sa Caseta De Genova SL

La actividad de la empresa Sa Caseta De Genova SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-10-2016
A160071402

 
Don Vicente Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma,Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita concurso voluntario n.º 562/2012, seguido a instancia del deudor Sa Caseta de Genova, S.L., con CIF B07591837, en los que, por resolución de fecha 28 de septiembre de 2016 se ha acordado:»…la conclusión del presente procedimiento concursal de Sa Caseta de Genova, S.L., con archivo de las actuaciones.Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal.Se acuerda la extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil…»Palma de Mallorca, 28 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

26-10-2012
A120073246

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D.ª Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 562 /2012-A (N.I.G. 07040 47 1 2012/0000917) se ha dictado en fecha 11.10.2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor SA Caseta de Génova, S.L., con CIF B-07591837 y con domicilio en calle Isidro González Velázquez, n.º 1, de Génova.2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso.3.º Se ha nombrado Administrador concursal a la titulado Mercantil, doña María Sureda Nicolau, con domicilio profesional en avenida Joan March, n.º 8, planta 2, puerta 2.ª, C.P. 07004 de Palma de Mallorca y dirección de correo electrónico [email protected].º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la administración concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 23 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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